Diputados aprueban hasta 25 años de cárcel por reclutar personas, incluidos niños
La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad un nuevo marco jurídico que endurece las penas contra el reclutamiento de personas para actividades delictivas, incluida la captación de niñas, niños y adolescentes. La información proviene de un comunicado oficial de la Cámara de Diputados.
Con 419 votos a favor, los legisladores añadieron a la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas un capítulo específico sobre “reclutamiento forzado de personas”. La norma establece penas de 10 a 20 años de prisión y multas de 5,000 a 50,000 días cuando alguien, por cualquier medio, invita, induce o incorpora a otra persona a formar parte de un grupo delictivo o a cometer delitos previstos en la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.
El castigo sube si hay intimidación, amenazas, coacción, violencia física o moral, o abuso de poder: en esos casos la pena va de 15 a 25 años y la multa aumenta a entre 10,000 y 80,000 días. De forma explícita, el texto dice que todo reclutamiento de niñas, niños o adolescentes se considerará reclutamiento forzado y se sancionará como tal.
Además, el dictamen detalla protecciones específicas cuando las víctimas sean menores. Si un menor es imputado por reclutamiento, las autoridades deberán priorizar el interés superior de la niñez, garantizando su protección, la restitución de derechos y, en su caso, el internamiento preventivo conforme a la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes.
Las sanciones también se agravan en circunstancias concretas: si el responsable trabajó o trabaja en una empresa de seguridad privada con acceso a información confidencial o recibió capacitación que usó para cometer el ilícito; si quien recluta es o fue servidor público; si la víctima pertenece a un pueblo indígena o afromexicano; si la víctima está en situación de movilidad humana, independientemente de su estatus migratorio; o si se emplean tortura, violencia sexual, privación de la libertad, fanatismo religioso u otros tratos crueles.
Asimismo, se aumentarán las penas cuando la víctima tenga formación, profesión o conocimientos especializados o cuando el agresor haya pertenecido a corporaciones de seguridad pública o a la Fuerza Armada Permanente. Si el responsable es servidor público, además de prisión podrá recibir destitución e inhabilitación para ocupar cargos públicos por un período igual al de la pena impuesta.
El dictamen incorpora la definición de “movilidad humana” para dejar claro que la ley protege también a personas desplazadas o migrantes dentro y fuera del país, sin importar su nacionalidad o condición migratoria.
En un giro que busca incentivar la colaboración con la justicia, el texto permite reducir las penas hasta en una tercera parte cuando los autores o partícipes aporten información relevante y corroborada que ayude a esclarecer los hechos o a identificar a otros responsables. Esta reducción no aplicará a reincidentes ni a imputados por delincuencia organizada, y se exige que se garantice la reparación integral del daño a la víctima.
El dictamen fue remitido al Senado para su análisis y aprobación en los términos constitucionales. En el documento se incluye además un régimen transitorio para coordinar los procesos locales ya iniciados en materia de reclutamiento antes de la entrada en vigor de la nueva norma.
Qué cambia para la gente: con estas modificaciones el Estado busca cerrar vacíos que permitían la captación de personas —y particularmente de menores— mediante redes que actúan por internet, redes sociales o en el espacio físico. En la práctica, la propuesta pretende desincentivar la utilización de personal con formación en seguridad o de servidores públicos para reclutar, y ofrecer vías para que quienes participen puedan colaborar con investigaciones a cambio de beneficios judiciales, siempre y cuando no sean parte de estructuras de delincuencia organizada.
Quedan preguntas abiertas: cómo se aplicarán las nuevas agravantes en la investigación cotidiana, si habrá recursos destinados a programas de prevención en comunidades vulnerables y cómo se coordinarán autoridades federales y locales para proteger a migrantes y pueblos originarios. El siguiente paso legislativo será el Senado, donde se definirá la versión final que, de aprobarse, modificará el catálogo de delitos y penas en materia de trata y reclutamiento en México.
