Diputados aprueban responsabilidad secundaria a ISPs por violaciones de derechos de autor
La Cámara de Diputados aprobó este jueves una reforma a la Ley Federal del Derecho de Autor que carga a los proveedores de servicios de internet (ISPs) con una responsabilidad secundaria por las infracciones que cometan sus usuarios en línea. La información proviene de un comunicado oficial de la Cámara de Diputados.
La reforma, impulsada por una iniciativa de la presidenta Claudia Sheinbaum, se aprobó en lo general y en lo particular con 325 votos a favor, 114 en contra y una abstención. Modifica el artículo 114 Octies y añade los artículos 114 Nonies y 232 Septies, e incorpora obligaciones específicas para las plataformas y operadores de redes.
En la práctica, los ISPs deberán publicar y mantener una política pública para la terminación del servicio a usuarios reincidentes por violaciones de derechos de autor, incluir esa política en sus términos y condiciones y aplicar mecanismos mínimos de notificación al usuario. Si no cumplen esos requisitos o si, además, contribuyen, inducen, controlan o se benefician económicamente de la conducta infractora, podrán ser considerados responsables de las mismas infracciones cometidas por sus usuarios.
La reforma también establece sanciones económicas: multas que van de cinco mil hasta cuarenta mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) en los supuestos más graves, y montos menores según la naturaleza de la infracción. Además se prevé una multa adicional para quien persista en la conducta ilícita.
El comunicado oficial precisa que el decreto busca armonizar la normativa mexicana con estándares internacionales y compromisos como el T-MEC, además de “preservar el equilibrio” entre titulares de derechos, intermediarios tecnológicos y usuarios. Sin embargo, la discusión legislativa mostró muchas aristas: diputados de varios partidos presentaron propuestas de cambio que fueron retiradas o no admitidas, y en la votación en lo particular se registraron 310 votos a favor y 97 en contra.
Qué cambia para el usuario cotidiano. Si hoy compartes archivos, enlaces o contenidos en redes y plataformas, la reforma abre la puerta a que tu proveedor de internet reciba notificaciones y, en casos de reincidencia o incumplimiento de las nuevas políticas, decida suspender o terminar el servicio. En pocas palabras: el riesgo deja de ser solo de quien sube el contenido y puede golpear también al “tubo” por el que pasa la información.
Esto tiene dos caras. Por un lado, los titulares de derechos tendrán herramientas más claras para reclamar y exigir sanciones; por otro, crece la presión sobre empresas privadas para que actúen como jueces y ejecutores de lo que se considera infracción, con incentivos financieros para remover contenido o sancionar usuarios. Esa lógica puede acelerar bloqueos y suspensiones automáticas si las plataformas priorizan evitar multas —un efecto colateral que expertos en libertad de expresión y defensa digital han advertido en otros países.
La normativa exige mecanismos mínimos de notificación, pero el comunicado de la Cámara no detalla cómo se garantizará el derecho de defensa de los usuarios ni qué criterios técnicos y de proporcionalidad se aplicarán antes de cortar un servicio. Ese vacío es relevante: en la vida diaria quedarse sin internet por una denuncia por derechos de autor puede implicar desde perder una clase hasta dejar de facturar si trabajas en línea.
El presidente de la Mesa Directiva, diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué, anunció además que las iniciativas y proposiciones serán turnadas a las comisiones correspondientes y citó a la siguiente sesión presencial para el martes 13 de octubre. El comunicado oficial indica que también se discutieron artículos transitorios y otras enmiendas, aunque muchas propuestas no llegaron a ser votadas.
En resumen, el Congreso endurece el marco para la protección de la propiedad intelectual en internet y traslada más responsabilidad a los intermediarios. La reforma cumple con compromisos internacionales, pero plantea preguntas concretas sobre garantías procesales, criterios técnicos y el posible efecto disuasorio sobre la libertad de uso y expresión en la red. Habrá que seguir de cerca cómo se traducen en reglas y prácticas concretas esas obligaciones que hoy sólo están en la ley.
